jueves, 28 de febrero de 2013

Con la participación de representantes de organizaciones sindicales


Comisión de Presupuesto del Congreso inició debate de Ley del Servicio Civil


Lima, feb. 28 (ANDINA). La Comisión de Presupuesto del Congreso inició hoy el debate sobre el proyecto de Ley del Servicio Civil, enviado por el Poder Ejecutivo, cuyo objetivo es establecer reglas para promover el trabajo meritocrático.

Durante el debate, que contó con la participación de representantes de organizaciones sindicales, el legislador Agustín Molina, pidió no adelantar opinión sobre este proyecto teniendo en cuenta que recién se ha abierto la discusión.

Por el contrario, destacó que la nueva ley está orientada a evaluar el trabajo de los servidores públicos, capacitarlos y a respetar sus derechos, entre ellos el de la huelga.

El presidente de la Comisión de Presupuesto, Josué Gutiérrez, dijo que este grupo de trabajo recibió el proyecto e inmediatamente invitó al jefe del Gabinete para que sustente la propuesta.

Anunció, además, que la próxima semana se invitará a los representantes de las asociaciones de gobiernos regionales y municipales del Perú.

El congresista Juan Carlos Eguren, de Alianza por el Gran Cambio, destacó que la aplicación de la nueva norma no significará la disminución de las remuneraciones de los trabajadores.

“Por el contrario, queremos garantizar que no implicará un retroceso”, comentó.

Asimismo, indicó que propiciará la capacitación, la igualación de beneficios y aseguró que velará porque no colisione con la Constitución de la República y los convenios laborales internacionales.

Planteó, además, que la concreción del proceso no se dé en un plazo de siete años, sino “en un plazo más prudente y con una implementación en forma progresiva”.

Por su lado, los representantes sindicales coincidieron en saludar la convocatoria y expresaron sus preocupaciones en torno a la constitucionalidad de la propuesta y que ésta signifique el recorte de derechos y beneficios adquiridos en el tiempo.

En nombre de la Confederación de Trabajadores del Perú se hizo presente su secretario general Elías Grijalba; de la Confederación Nacional de Trabajadores Estatales del Perú, Domingo Cabrera Toro, Carlos Jiménez García y Ana María Lizárraga; de la Confederación Intersectorial de Trabajadores Estatales del Perú, Alberto Campos; y del Sindicato de Trabajadores de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, Pedro Panta Jacinto.

 

 

 

domingo, 17 de febrero de 2013

MODELO PARA SOLICITAR REINTEGRO DE LOS DECRETOS DE URGENCIAS 090, 073, Y 011


 

                                                                  SUMILLA: Solicito reintegro por Decretos de Urgencia 090, 073 y 011, en Aplicación de la ley N°29702.

 

SEÑORA:

DIRECTORA DEL PROGRAMA SECTORIAL III – UGEL Nª09 - HUAURA

 

                                               GILBERTO CARREÑO TENA,  debidamente identificado con DNI. Nº 15582905, personal Administrativo de la Institución Educativa “Mercedes Indacochea Lozano”, señalando domicilio Real y Procesal en Residencial Echenique N°729- Int.110-“B”, de esta Ciudad de Huacho, para el siguiente procedimiento Administrativo, me presento ante usted y digo:

 
I.-PETITORIO.-

 
Que, en ejercicio irrestricto de mi derecho Constitucional de petición previsto en el inciso “20” del Articulo 2 de la Constitución Política del Perú, concordante con lo dispuesto en el artículo 106° de la Ley Nº27444” Ley General de Procedimiento Administrativo  General”,  y al amparo de lo dispuesto en la Ley N°29702;  Decreto de Urgencia Nº 090-96, Decreto de Urgencia N°073-97 y Decreto de Urgencia N°011-99; solicito REINTEGRO DE LOS DECRETOS DE URGENCIAS ANTES DESCRITOS, en aplicación del 16% al ser reconocido mediante Resolución Directoral N°00129-2009. Por los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:

II.-FUNDAMENTOS DE HECHO.-

PRIMERO.- Que, se me RECONOCE mi derecho a percibir la BONIFICACION ESPECIAL otorgada por DECRETO DE URGENCIA Nº 037 – 94, en sustitución  de  la Bonificación que venía percibiendo por Decreto de Supremo Nº 019-94-PCM. Mediante Resolución Directoral UGEL 09 N°00129 y Resolución Directoral UGEL 09 N°002781, a partir de marzo del 2009.

SEGUNDO.- Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 090-96 con vigencia al 01 de Noviembre de 1996, del Decreto de Urgencia Nº 073-97 con vigencia al 01 de Agosto de  1997 y el Decreto de Urgencia Nº 011-99, con vigencia del 01 de abril de 1999, se otorga una bonificación especial a favor de los servidores de la administración pública regulados por el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa dicha bonificación es equivalente a aplicar el 16% sobre diversos conceptos remunerativos, como es el caso del Decreto Supremo Nº 019-94. Donde se me otorgo en base a S/90.00 Nuevos Soles y al reconocerme mi derecho de percibir el Decreto de Urgencia N°037-4 y siendo esta de 180.00 nuevos soles se debe de aplicar el cálculo sobre la base de este monto menos lo pagado por el decreto supremo N°019-94.

TERCERO.- Que, el Congreso de la Republica mediante Ley N°29702, dispone el pago de la bonificación del Decreto de Urgencia N°037-94, de acuerdo a los criterios establecidos por el tribunal Constitucional y sin la exigencia de sentencia judicial y menos en calidad de cosa juzgada para hacerse efectivo. Los procesos en curso iniciados por los beneficiarios para el pago de esta bonificación no son impedimento para el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo precedente, para tal efecto y bajo responsabilidad la administración debe desistirse.


CUARTO.- Que, en este orden de ideas, al habérseme reconocido el derecho a percibir el Decreto de Urgencia Nº 037-94 en sustitución del Decreto Supremo Nº 019-94, así como la Ley N° 29702 y siendo este el monto de S/ 180.00 Nuevos Soles, como servidor SAD. Por lo que se me está adeudando un reintegro de los decretos antes descritos, y se  deberá tomarse en cuenta el Oficio Múltiple N°042-2011-ME/SG-OGA-UPER, del Ministerio de Educación y así como la Ley N°29702. Para el CÁLCULO de los beneficios de reintegros los siguientes Decretos de Urgencias:

 

DECRETOS DE URGENCIAS N°
16%
DESDE   A  HASTA
MESES
TOTAL
090-96                (01/11/96)
14.40
01/11/96 -28/02/2009
148
2,131.20
073-97                (01/08/97)
19.38
01/08/97 – 28/02/2009
139
2,693.82
011-99                (01/04/99)
16.70
010/04/99 – 28/02/2009
119
1,987.30
 
TOTAL
6,812.32

 
III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Amparo el petitorio con lo siguiente:

-          En el artículo 2º numeral 20, que consagra mi derecho de petición y de obtener una respuesta por escrita fundada en derecho.

-          En cuanto al derecho a percibir los adeudos de los DECRETOS DE URGENCIAS Nº 090-96, Nº 073-97 y Nº 011-99, amparan mi pedido los artículos 2º inciso 2) y 24º de la Constitución Política del Estado, que preceptúan el derecho a la igualdad ante la ley y el derecho a una remuneración equitativa y suficiente.

-          Ley N°29702;  Decreto de Urgencia Nº 090-96, Decreto de Urgencia N°073-97 y Decreto de Urgencia N°011-99

 

IV.- ANEXOS.-

      Ofrezco los siguientes documentos:

4.1. Copia de mi DNI.

4.2. Copia de la Resolución Directoral UGEL 09 N° 002781

4.3. Copia de la Resolución Directoral UGEL N°129-2009

4.4 Copia de mis boletas de pago.

 
POR LO EXPUESTO:

 

                                               A usted señora directora pido admitir a tramite y en el plazo de ley declararlo fundado.


Huacho, 09 de Enero del 2013



GILBERTO CARREÑO TENA

DNI. Nº 15582905E

miércoles, 13 de febrero de 2013

COMUNICADO A LOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS

UNA VEZ MAS ESTA DEMOSTRADO QUE SIN LUCHAS NO HAY VICTORIAS; POR FIN SE LE HA DEMOSTRADO A LAS AUTORIDADES DE LA UGEL 09 DE HUAURA, QUE EL DINERO DEL INCENTIVO LABORAL ESTABA DENTRO DEL PRESUPUESTO 2013, EN CADA UNIDAD EJECUTORA, ASI COMPAÑEROS SUTACISTA EL DIA DE HOY JUEVES 14 DE FEBRERO DEL PRESENTE MES A HORAS 10.00 AM, SE PUEDEN HACERCARSE AL SUBCAFAE PARA COBRAR LOS 400 NUEVO SOLES. NUESTRO AGRADECIMIENTO A LOS COMPAÑEROS QUE ESTUVIERON PRESENTES EN TODAS LAS JORNADAS DE LUCHA Y PUEDAN DAR FE DEL TRABAJO DE SUS DIRIGENTES POR QUE SIN BASES LOS DIRIGENTES NO SOMOS NADA. ASI MISMO COMUNICAMOS A LOS DEMAS DIRIGENTES DEL SUTACE DE LAS OTRAS PROVINCIAS DE LA REGION LIMA PROVINCIAS, QUE RECLAMEN SUS INCENTIVOS EN CADA UNA DE SUS UGEL SIGAN EL EJEMPLO DE HUARAL Y HUAURA.
SEAN REALIZADAS LAS COORDINACIONES CON EL DOCTOR CORDOVA PARA QUE EN LA REUNION DE DIRECTORES DE UGEL, TAMBIEN ELLOS CUMPLAN CON PAGARLE SUS INCENTIVOS.

 
 
EL COMITE DE LUCHA

sábado, 2 de febrero de 2013

COMUNICADO DEL SUTACE PROVINCIAL HUAURA



PLANTON EN LA UGEL 09 – HUAURA

LUNES 04 DE FEBRERO DEL 2013
HORA: 10.00 AM.

UN SALUDO COMBATIVO  A NOMBRE DEL SUTACE PROVINCIAL DE HUAURA DE LA JURISDICCION DE LA UGEL N°09 – HUAURA;  Y A TODOS LOS COMPAÑEROS DE LAS DIFERENTES INSTITUCIONES EDUCATIVAS, Y SEDE PARA INVITARLES A PARTICIPAR  EN UN PLANTON EN LA UGEL 09 DE HUAURA, ESTE LUNES 04 DE FEBRERO 2013 A HORAS 10.00 A.M.POR LA UNIDAD Y UN TRABAJO TRANSPARENTE PERO SIN ENGAÑOS, YA QUE ESTAMOS CANSADOS DE DIRIGENTES INDIFERENTES DE OTRAS ORGANIZACIONES SINDICALES QUE CADA VEZ QUE PUEDEN QUIEREN SACAR PROVECHO DE LO QUE NO HACEN Y PRETENDEN HACER CREER LO QUE NO HAN CONQUISTADO, LO QUE HOY NOS DEBE UNIR PÁRA ENFRENTAR ESTE NUEVO RETO DE LUCHA DE LA CLASE TRABAJADORA ADMINISTRATIVA DEL SECTOR EDUCACION, ESTE GOBIERNO NOS A TOCADO LA PARTE MAS SENCIBLE DEL TRABAJADOR SOBRE EL BIENESTAR DE NUESTRAS FAMILIA,  LA SITUACIÓN ECONÓMICA QUE ESTAMOS ATRAVEZANDO TODOS LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PUBLICO, POR ESTA RAZÓN ESTE LUNES 04 ES LA CITA DE  ENCUENTRO EN LA UGEL 09 PARA ESTA  ACCIÓN DE LUCHA.

DEMOSTREMOS A CIERTOS DIRIGENTES QUE NO NOS INTERESA A QUE SINDICATO PERTENECEMOS LO UNICO QUE NOS INTERESA ES UNIR FUERZAS Y CONSEGUIR EL BENEFICIO PARA TODOS SIN EXCEPCIÓN:

1.      En cuanto al pago de la Escala Transitoria mensualizada que es la  suma de  S/. 100.00 Nuevos Soles (incentivo aprobado) y más S/. 300.00 nuevos soles  que han sido retirados de nuestra Boleta de Pago, se nos informo que dicho dinero se encuentra en las unidades ejecutoras (UGEL 09 –Huaura), por lo que deben pagar inmediatamente (dinero está presupuestado 2013) como lo ha hecho el Ministerio de Educación a través del Oficio Múltiple N° 013-2013-ED. quedando pendiente los S/50.00 nuevos soles de la escala transitoria, que esto se efectivizara cuando el Ministerio de Economia apruebe la Resolucion Ejecutiva Regional N°084-2013-PRES del gobierno Regional de Lima Provincias.

2.   Que, el Sub-Cafae deberá emitir una Constancia de Pagos por el concepto de incentivo único de SUB CAFAE, con el fin de que cada trabajador pueda acreditar otros ingresos adicionales a su Boleta de Pago de remuneraciones.

3.     Solicitar a la Directora de la UGEL N°09 – Huaura, y presidenta del SUBCAFAE, que el pago de los incentivos únicos de SUB CAFAE se haga efectivo conjuntamente con las remuneraciones de cada mes y directamente a nuestras cuentas que cada trabajador tiene en el Banco de la Nacion.

 

¡UNIDAD PARA VENCER!

SUTACE PROVINCIAL HUAURA

EL COMITÉ DE LUCHA