domingo, 17 de febrero de 2013

MODELO PARA SOLICITAR REINTEGRO DE LOS DECRETOS DE URGENCIAS 090, 073, Y 011


 

                                                                  SUMILLA: Solicito reintegro por Decretos de Urgencia 090, 073 y 011, en Aplicación de la ley N°29702.

 

SEÑORA:

DIRECTORA DEL PROGRAMA SECTORIAL III – UGEL Nª09 - HUAURA

 

                                               GILBERTO CARREÑO TENA,  debidamente identificado con DNI. Nº 15582905, personal Administrativo de la Institución Educativa “Mercedes Indacochea Lozano”, señalando domicilio Real y Procesal en Residencial Echenique N°729- Int.110-“B”, de esta Ciudad de Huacho, para el siguiente procedimiento Administrativo, me presento ante usted y digo:

 
I.-PETITORIO.-

 
Que, en ejercicio irrestricto de mi derecho Constitucional de petición previsto en el inciso “20” del Articulo 2 de la Constitución Política del Perú, concordante con lo dispuesto en el artículo 106° de la Ley Nº27444” Ley General de Procedimiento Administrativo  General”,  y al amparo de lo dispuesto en la Ley N°29702;  Decreto de Urgencia Nº 090-96, Decreto de Urgencia N°073-97 y Decreto de Urgencia N°011-99; solicito REINTEGRO DE LOS DECRETOS DE URGENCIAS ANTES DESCRITOS, en aplicación del 16% al ser reconocido mediante Resolución Directoral N°00129-2009. Por los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:

II.-FUNDAMENTOS DE HECHO.-

PRIMERO.- Que, se me RECONOCE mi derecho a percibir la BONIFICACION ESPECIAL otorgada por DECRETO DE URGENCIA Nº 037 – 94, en sustitución  de  la Bonificación que venía percibiendo por Decreto de Supremo Nº 019-94-PCM. Mediante Resolución Directoral UGEL 09 N°00129 y Resolución Directoral UGEL 09 N°002781, a partir de marzo del 2009.

SEGUNDO.- Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 090-96 con vigencia al 01 de Noviembre de 1996, del Decreto de Urgencia Nº 073-97 con vigencia al 01 de Agosto de  1997 y el Decreto de Urgencia Nº 011-99, con vigencia del 01 de abril de 1999, se otorga una bonificación especial a favor de los servidores de la administración pública regulados por el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa dicha bonificación es equivalente a aplicar el 16% sobre diversos conceptos remunerativos, como es el caso del Decreto Supremo Nº 019-94. Donde se me otorgo en base a S/90.00 Nuevos Soles y al reconocerme mi derecho de percibir el Decreto de Urgencia N°037-4 y siendo esta de 180.00 nuevos soles se debe de aplicar el cálculo sobre la base de este monto menos lo pagado por el decreto supremo N°019-94.

TERCERO.- Que, el Congreso de la Republica mediante Ley N°29702, dispone el pago de la bonificación del Decreto de Urgencia N°037-94, de acuerdo a los criterios establecidos por el tribunal Constitucional y sin la exigencia de sentencia judicial y menos en calidad de cosa juzgada para hacerse efectivo. Los procesos en curso iniciados por los beneficiarios para el pago de esta bonificación no son impedimento para el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo precedente, para tal efecto y bajo responsabilidad la administración debe desistirse.


CUARTO.- Que, en este orden de ideas, al habérseme reconocido el derecho a percibir el Decreto de Urgencia Nº 037-94 en sustitución del Decreto Supremo Nº 019-94, así como la Ley N° 29702 y siendo este el monto de S/ 180.00 Nuevos Soles, como servidor SAD. Por lo que se me está adeudando un reintegro de los decretos antes descritos, y se  deberá tomarse en cuenta el Oficio Múltiple N°042-2011-ME/SG-OGA-UPER, del Ministerio de Educación y así como la Ley N°29702. Para el CÁLCULO de los beneficios de reintegros los siguientes Decretos de Urgencias:

 

DECRETOS DE URGENCIAS N°
16%
DESDE   A  HASTA
MESES
TOTAL
090-96                (01/11/96)
14.40
01/11/96 -28/02/2009
148
2,131.20
073-97                (01/08/97)
19.38
01/08/97 – 28/02/2009
139
2,693.82
011-99                (01/04/99)
16.70
010/04/99 – 28/02/2009
119
1,987.30
 
TOTAL
6,812.32

 
III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Amparo el petitorio con lo siguiente:

-          En el artículo 2º numeral 20, que consagra mi derecho de petición y de obtener una respuesta por escrita fundada en derecho.

-          En cuanto al derecho a percibir los adeudos de los DECRETOS DE URGENCIAS Nº 090-96, Nº 073-97 y Nº 011-99, amparan mi pedido los artículos 2º inciso 2) y 24º de la Constitución Política del Estado, que preceptúan el derecho a la igualdad ante la ley y el derecho a una remuneración equitativa y suficiente.

-          Ley N°29702;  Decreto de Urgencia Nº 090-96, Decreto de Urgencia N°073-97 y Decreto de Urgencia N°011-99

 

IV.- ANEXOS.-

      Ofrezco los siguientes documentos:

4.1. Copia de mi DNI.

4.2. Copia de la Resolución Directoral UGEL 09 N° 002781

4.3. Copia de la Resolución Directoral UGEL N°129-2009

4.4 Copia de mis boletas de pago.

 
POR LO EXPUESTO:

 

                                               A usted señora directora pido admitir a tramite y en el plazo de ley declararlo fundado.


Huacho, 09 de Enero del 2013



GILBERTO CARREÑO TENA

DNI. Nº 15582905E

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